Procedimiento para solicitud de licencia de actividad.
Para las obras, el inicio o modificación de una actividad, ¿necesito licencia?
Depende del tipo de reforma que llevemos a cabo, de forma genérica:
– No es necesario para pequeñas actuaciones y cambio de titularidad
– Declaración Responsable para determinadas actividades comerciales
– Licencia de Actividad para actividades molestas
Para pequeñas reformas interiores, cambios de acabados o instalaciones, que no afecten a la distribución y el edificio no esté catalogado como protegido o afecte a algún elemento catalogado. Las obras que se incluyen son:
Si lo que queremos es poner a nuestro nombre una actividad existente, tan solo tendremos que solicitar un cambio de titularidad.
Si bien es posible realizar el trámite directamente ante el Ayuntamiento (Agencia de Actividades, ADA), es conveniente realizarlo a través de una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) para la agilización del procedimiento, resolución de incidencias e información.
Si nuestro procedimiento se debe realizar a través de DR, no es necesario contar con un proyecto firmado por técnico competente si no afectamos a la estructura, si bien, la documentación a presentar puede ser compleja de realizar.
Es el procedimiento indicado para locales comerciales de atención al público y venta al por menor (excluido restauración).
Para actividades que afecten a la seguridad y/o el medio ambiente, obras de mayor envergadura o que afecte a elementos protegidos, se requerirá el visado del proyecto por un técnico competente.
Dividida en tres fases: 1º Solicitud de licencia, 2º Obtención de la licencia e inicio de obras, 3º Comprobación del Ayuntamiento e inicio de la actividad.